
Los Presidentes del Consejo General de la Abogacía Española, del Consiglio Nazionale Forense y del Deutschester Anwal Verein han firmado la
Declaración de las Abogacías sobre la Constitución Europea, a través de la cual “recuerdan el compromiso de los profesionales del Derecho y de la Justicia a contribuir al desarrollo y la aplicación del derecho Europeo para garantizar la eficacia de los derechos de los ciudadanos en el marco del nuevo orden constitucional” e “invitan a las organizaciones profesionales del Derecho y de la Justicia y a los organismos competentes en matera de formación a promover cursos y debates sobre el Tratado Constitucional de la Unión Europea”.
EUROPA, UN ESPACIO DE LIBERTAD, SEGURIDAD Y JUSTICIA.
La Constitución Europea consagra la constitución de un espacio de libertad, seguridad y justicia, mediante la adopción de leyes europeas, fomentando la confianza mutua entre las autoridades de los Estados, reconociendo las resoluciones judiciales y extrajudiciales y utilizando la cooperación operativa de los Estados, incluidos los servicios de policía, de aduanas y de prevención y detención de infracciones penales.
COOPERACIÓN JUDICIAL EN MATERIA CIVIL (art. III-269)
Establecida en los Tratados de la Unión, la cooperación judicial en asuntos civiles con repercusión transfronteriza, basada en el principio de reconocimiento mutuo de decisiones judiciales y extrajudiciales, la Constitución confiere a las instituciones de la Unión- Consejo y Parlamento- competencia para adaptar leyes que garanticen el acceso a la justicia.
COOPERACIÓN JUDICIAL EN MATERIA PENAL (art III-270 a 274)
Se basará en el principio de reconocimiento mutuo de las sentencias y las resoluciones judiciales e incluyen la aproximación de las disposiciones legales y reglamentarias de los Estados miembros.
Una Ley marco Europea podrá establecer normas mínimas relativas a la definición de las infracciones penales y de las sanciones en ámbitos delictivos que sean de especial gravedad y tengan una dimensión transfronteriza. Estos ámbitos son: el terrorismo, la trata de seres humanos, le explotación sexual de mujeres y niños, el tráfico ilícito de drogas, el tráfico ilícito de armas, el blanqueo de capitales, la corrupción la falsificación de medios de pago, la delincuencia informática y la delincuencia organizada.
Eurojust se constituye en el órgano responsable definiéndose como su función la de apoyar y reforzar la coordinación y cooperación para investigar y perseguir la delincuencia grave, determinándose la estructura, funcionamiento y competencias de este órgano por una Ley Europea.
A partir de Eurojust, una Ley Europea podrá crear una Fiscalía Europea con la misión de combatir las infracciones que perjudiquen a los intereses financieros de la Unión, pudiendo establecer entre sus tareas la lucha contra la delincuencia grave que tenga una dimensión transfronteriza.